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Consejería y Análisis legal sobre las órdenes ejecutivas de migración del Presidente Trump

¡Conozca sus Derechos!

Como muchos de ustedes ya lo saben, el Presidente Trump emitió una serie de órdenes ejecutivas que afectan la seguridad fronteriza, la aplicación de la inmigración interna y los viajes. Proporcionamos esta información como una descripción general de esas órdenes, así como algunas orientaciones para su consideración. Hasta el momento la implementación ha sido demorada, fragmentada o temporalmente detenida por órdenes judiciales federales. Es importante mantenerse al tanto de los desarrollos a medida que ocurren.

Seguridad Fronteriza
Aplicación interna
Prohibición de viajar
DACA
Guía

Seguridad de frontera

La primera orden ejecutiva, firmada el 25 de enero de 2017, incluye planes para construir un muro a lo largo de la frontera sur y ampliar los esfuerzos para detener a individuos en la frontera que violan las leyes de inmigración.

Entre sus disposiciones de deportación, la orden instruye a los funcionarios de inmigración que apliquen el proceso de “expulsión acelerada” a cualquier individuo que haya entrado sin permiso y que haya estado presente continuamente en los Estados Unidos por lo menos desde hace 2 años. Bajo el proceso de remoción acelerada, cualquier persona encontrada que haya ingresado ilegalmente a los Estados Unidos es detenida e inmediatamente deportada sin ver a un juez de inmigración. Por ley, la remoción acelerada puede ser aplicada cuando un individuo no presenta ningún documento de entrada válido o comete fraude en un puerto de entrada o dentro de 100 millas de cualquier frontera de los Estados Unidos. La orden, sin embargo, parece expandir la remoción acelerada a cualquier persona que entró sin inspección y que ha estado viviendo en cualquier lugar en los Estados Unidos por al menos desde hace 2 años.

No se sabe con certeza si las autoridades migratorias aplicarán la expulsión expedita a personas indocumentadas que se encuentren dentro de los Estados Unidos. Actualmente no estamos al tanto de tales casos. Sin embargo, es aconsejable que los inmigrantes sin un estado legal mantengan ciertos documentos (por ejemplo, arrendamientos, facturas y recibos) en su casa o en su posesión para demostrar su presencia física en los Estados Unidos por más de dos años para evitar la remoción acelerada.

Haga clic aquí para ver una copia completa de la orden ejecutiva sobre seguridad fronteriza.

Aplicación interna

La segunda orden ejecutiva, firmada el 25 de enero de 2017, anuncia planes para ampliar la aplicación interna de las leyes de inmigración. Proporciona un conjunto muy amplio de prioridades de aplicación para la deportación, incluyendo a cualquier persona que ha sido condenada por un crimen, acusada de un delito, o que ha cometido un acto que podría ser acusado como un delito. Las nuevas prioridades incluyen también a las personas que han participado en fraude o declaraciones falsas intencionales con respecto a cualquier asunto oficial o solicitud ante una agencia gubernamental, que han abusado de cualquier programa de beneficios públicos, que no han partido después de una orden de deportación final, o de ser un riesgo para la seguridad pública. En particular, la orden no clasifica las prioridades de aplicación y por lo tanto se supone que son de igual importancia.

La orden también instruye al gobierno federal a que establezca acuerdos con las agencias estatales y locales encargadas de hacer cumplir la ley para capacitar y autorizar a sus oficiales a desempeñar funciones de inmigración, tales como investigar, detener y detener a inmigrantes. La orden simultáneamente planea cortar la financiación federal a las ciudades que se niegan a cooperar (también vagamente definidas como ciudades “santuario”).

Queda por ver cómo el gobierno federal llevará a cabo este esfuerzo de aplicación masiva. Sin aclaración por parte de la administración Trump, la orden puede interpretarse para que los oficiales de inmigración puedan arrestar y detener a individuos que han cometido leves ofensas, tales como delitos menores de tráfico -que afectan a mucha gente!

Sin embargo, es importante saber que ICE generalmente no puede deportar a personas del país que actualmente mantienen su estado legal sin una condena penal, incluyendo residentes legales permanentes, titulares de TPS y no inmigrantes.

Haga clic aquí para ver una copia completa de la orden ejecutiva sobre la aplicación interna.

Prohibición de viajar

La tercera orden ejecutiva, firmada el 27 de enero de 2017, anuncia una prohibición de 90 días de entrada de nacionales de los siguientes países restringidos: Irán, Irak, Libia, Somalia, Sudán, Siria y Yemen. Sin embargo, el Departamento de Estado aclaró más tarde que los nacionales de doble nacionalidad con una visa estadounidense válida en un pasaporte de un condado sin restricciones no estarán sujetos a la prohibición.

A raíz de los juicios, el DHS aclaró más tarde que los residentes permanentes legales que son nacionales de cualquiera de los países restringidos no están sujetos a la prohibición de viajar y pueden entrar a los Estados Unidos sin la existencia de información derogatoria que indique una amenaza seria a la seguridad pública.

La orden suspende la emisión de visas de inmigrante y no inmigrante a nacionales de los países restringidos y detiene el programa de admisión de refugiados de los Estados Unidos por 180 días. Los refugiados sirios están indefinidamente prohibidos hasta nuevo aviso.

La orden suspende aún más el Programa de Exención de Entrevista de Visas (VIWP), requiriendo que todos los solicitantes de visa formalmente elegibles para VIWP asistan ahora a una entrevista de visa antes de renovar su visa de no inmigrante.

A pesar de la prohibición de viajar y “otros beneficios de inmigración”, USCIS ha indicado que continuará procesando solicitudes y peticiones de acuerdo con las políticas y procedimientos existentes.

El 3 de febrero de 2017, un Tribunal de Distrito Federal en Washington emitió una orden de restricción temporal a nivel nacional contra las restricciones de viajes y visados ​​impuestas por la orden ejecutiva. La orden de restricción también levantó la suspensión de las admisiones de refugiados, incluso para los refugiados sirios. Tenga en cuenta que la orden de restricción es sólo temporal a la espera del resultado final del litigio en relación con las disposiciones controvertidas de la orden ejecutiva.

Haga clic aquí para ver una copia completa de la orden ejecutiva sobre la prohibición de viajar.

DACA

La Casa Blanca no indicó planes inmediatos para terminar con el programa DACA. Ha habido informes de que la administración Trump planea cancelar DACA en algún momento en el futuro. Otros informes indican que la administración Trump está esperando que el Congreso apruebe una legislación para proteger a los individuos o “Dreamers” elegibles de DACA antes de que se tomen medidas en el programa DACA.

Mientras tanto, USCIS ha indicado que está procesando las solicitudes de DACA de acuerdo con las políticas y procedimientos existentes. Se anima a los solicitantes de DACA a renovar su autorización de trabajo si son elegibles.

Debido a que el futuro del programa DACA es incierto, es aconsejable consultar con un abogado de inmigración antes de viajar con un documento de permiso provisional adelantado emitido de conformidad con DACA.

Guía

  • Si usted es arrestado o acusado de un crimen, consulte con un abogado de inmigración para determinar las consecuencias de inmigración.
  • Si usted es detenido en custodia por ICE, no firme cualquier documento que usted no entienda y no lo acepte. Si no tiene estatus legal en los Estados Unidos, no proporcione a la policía ni al oficial de ICE ninguna información sobre su nacionalidad o su país de origen, ellos primero deben establecer que usted no es ciudadano antes de que puedan deportarlo. Pida primero hablar con un abogado y pida a su familia que contacte uno de inmediato.
  • Consulte con un abogado de inmigración antes de viajar fuera de los Estados Unidos si es residente permanente legal de uno de los países restringidos o si usted tiene antecedentes penales.
  • Si usted es un residente permanente legal, explore la opción de convertirse en un ciudadano estadounidense. Estas órdenes ejecutivas relacionadas con la inmigración no se aplican a los ciudadanos estadounidenses.
  • Si un oficial del puerto de entrada le pregunta por su estado legal permanente de residente o por una admisión rechazada, NO firme el formulario (Formulario I-407) que renuncia a su estado legal permanente de residente. Al hacerlo, es posible que no tenga la oportunidad de impugnar la decisión del oficial en la Corte.

Tenga en cuenta que esta comunicación no pretende sustituir al asesoramiento jurídico. Si cree que puede verse afectado por estos nuevos pedidos, debe consultar con un abogado de inmigración.