El 28 de julio de 2016, el Departamento de Seguridad Nacional amplió considerablemente el programa del Perdón Provisional. Este programa ha permitido que los beneficiarios de determinadas peticiones familiares puedan obtener una dispensa de inadmisibilidad por presencia ilegal de más de 180 días antes de la entrevista de visa de inmigrante, evitando la necesidad de obtener en el extranjero tal perdón ante la Embajada o el Consulado de EE.UU., por lo tanto acorta enormemente el tiempo lejos de sus familiares.
El cambio más grande e importante es que el Departamento está ampliando la disponibilidad del proceso del Perdón Provisional para incluír a todas las personas legalmente elegibles, incorporando a todos los beneficiarios de peticiones de visa de inmigrante basada en un patrocinio familiar y de empleo, así como los seleccionados de Visas de Diversidad, que tengan un pariente calificado, ya sea un ciudadano estadounidense o un Residente Legal Permanente cónyuge o padre, bajo el estatuto de los efectos de la determinación del sufrimiento extremo.
En consecuencia, si el solicitante es un beneficiario de una petición basada en la familia o en el empleo, una visa está disponible de inmediato, y si el solicitante tiene un familiar ciudadano de los Estados Unidos o si su cónyuge o si su padre es un Residente Legal Permanente, ahora califica para el programa de Perdón Provisional Ampliado.
También de manera significativa, el Departamento de Seguridad Nacional ha ampliado el Programa del Perdón Provisional para proteger a aquellos que tengan órdenes finales de expulsión, de deportación o de exclusión para solicitar ese Perdón Provisional si han recibido primero una aprobación condicional del Departamento de volver a solicitar la admisión a los Estados Unidos. Sin embargo, esta ampliación no perdona a los inadmisibles con arreglo al 212 (a) (9) (C) ni se aplica a los que están sujetos a una orden de restablecimiento de expulsión expedida formalmente por el CBP (El Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza de los EE.UU.) o ICE (Policía Migratoria) antes de la presentación de la renuncia provisional o mientras que la solicitud de Perdón Provisional se encuentre pendiente. Esta regla entrará en vigor el 29 de agosto de 2016.