DAPA Accion Ejecutiva
Nueva Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA) y Acción Diferida para Padres de Ciudadanos y Residentes Permanentes (DAPA)
NOTICIA DE ÚLTIMO MINUTO: La Acción Ejecutiva Sigue en espera. La Acción ejecutiva en inmigración anunciada por el Presidente Obama en Noviembre 2014 extendiendo DACA y permitiendo a los padres de hijos ciudadanos o residentes legales permanecer por hasta 3 años, ha sido puesto en espera hasta la espera de la apelación en julio del 2015. (Haga clic aquí para obtener más información en inglés.
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El 20 de Noviembre del 2014, el Presidente de los Estados Unidos anuncio intención de tomar ciertas acciones con el fin de mantener la unidad familiar y promover la integración de los inmigrantes a este país. Acción Diferida es un programa a través del cual la agencia administrativa, a su discreción, escoge diferir la deportación de un individuo por razones humanitarias. No es una nueva ley, y tampoco proporciona estatus legal; solamente permitirá que un individuo, caso por caso, permanecer en los Estados Unidos temporalmente. Una persona bajo este programa puede aplicar para autorización de trabajo. También se anunció la expansión del Perdón Provisional que ahora incluye a los hijos adultos de ciudadanos estadounidenses, así como los cónyuges e hijos de residentes permanentes legales. Los abogados de Chávez y Valko, LLP se complace en compartir con ustedes una valiosa información sobre los procesos de inmigración que le puede beneficiar, su familia o alguien que usted conoce.
Una persona tiene posibilidades de calificar para la acción diferida bajo esta nueva directiva si él o ella:
Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA) por 3 años – debe entrar en vigor en Febrero 2015
- Tiene por lo menos 15 años de edad al hacer la solicitud a menos que él o ella está en proceso de deportación, tiene una orden de expulsión definitiva, o tiene una orden de salida voluntaria, y no está en la detención de ICE;
- Ha residido en los Estados Unidos desde Enero 1 del 2010 hasta el presente;
- Entro a los Estado Unidos ilegalmente o se expiro su estatus inmigratorio a partir de Enero 1 del 2010;
- Está actualmente en la escuela, se ha graduado de la Preparatoria, ha obtenido un desarrollo de educación general (GED), o ha dado de baja honorablemente de la Guardia Costera de los Estados Unidos o de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos;
- No ha sido condenado por un delito grave, un delito menor significante o tres (3) o más delitos menores insignificantes; y no es una amenaza para la seguridad nacional o la seguridad pública;
- Permite individuos nacidos antes y después del 15 de junio de 1981 para solicitar DACA (eliminando la restricción de edad superior) siempre que cumplan todas las demás directrices.
Acción Diferida para Padres de Ciudadanos y Residentes Permanentes (DAPA) por 3 años – debe de entrar en vigor en Mayo 2015
- Es un padre de un ciudadano estadounidense o un niño residente permanente legal;
- El niño nació en o antes del 20 de noviembre 2014;
- El padre ha residido en los EE.UU. desde el 1 de enero de 2010 y presentar;
- No está sujeto a una orden de expulsión después del 1 de enero de 2014, o devuelto después de la eliminación;
- No ha sido condenado por un delito mayor, un delito menor significativo, o tres (3) o más faltas insignificantes; y no plantea una amenaza para la seguridad nacional o la seguridad pública.
Expansión de Perdón Provisional por Presencia Ilegal – Se darán a conocer en 2015
- Este proceso migratorio es parte del proceso consular y sirve para obtener un perdón provisional por su presencia ilegal en los EE.UU.;
- Ésta opción esta disponible para todo aquel familiar directo (esposo/a, e hijos) de un ciudadano de los EE.UU. o residente permantente, que estén físicamente en los EE.UU. y estén solicitando una visa de inmigrante, a través de un proceso consular en el extranjero;
- En caso de que este perdón provisional se autorice, permite que el solicitante permanezca en EE.UU. hasta que se aproxime la fecha de su entrevista en un consulado en el extranjero.
Chavez y Valko ofrece los siguientes servicios legales a los solicitantes:
- Darle seguimiento a la evolución de este programa y comunicarles a nuestros clientes;
- Análisis jurídico y evaluación sobre las cualificaciones del solicitante y revisión de la documentación del solicitante.
- Completar la solicitud y presentarla al DHS.
Chavez Y Valko proporcionará este servicio legal a usted a un precio muy razonable para que pueda realizar este trabajo legal a través de nuestra representación y asesoramiento profesional. Es muy importante que si usted tiene delitos o delitos juveniles consulte con un abogado de inmigración para determinar si es elegible.
¿Tiene preguntas adicionales o necesita más información? Oprima aquí o llame nuestras oficinas a 214-251-8011 (Dallas), 817-332-1100 (Fort Worth).
[ACTUALIZADO]
El anuncio del Presidente Obama los siguientes temas:
- Acabar con la inmigración ilegal en la frontera. Los inmigrantes que intentan entrar desde este punto tendrán mayor probabilidad de ser capturado y deportado
- Deportación de delincuentes no de familiares, deportación de criminales no de niños, deportación de las pandillas no de madres
- Unificación de la familia
El anuncio de Obama explico que los siguientes inmigrantes serán elegibles para alivio temporal de deportación:
- Para los inmigrantes que han estado físicamente presente en los Estados Unidos desde hace más de cinco años
- Para los padres inmigrantes que tienen hijos que son ciudadanos de los Estados Unidos o residentes permanentes legales
- Para los inmigrantes que están dispuestos a registrarse y someterse a una verificación de antecedentes
- Para los inmigrantes que están dispuestos a pagar sus impuestos