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Visa L-1A y L-1B para Personas Transferidas Dentro de la Empresa

¿Qué es una visa L-1?
Las visas L-1 brindan un estatus de trabajo temporal para que un empleado extranjero sea transferido por un empleador en el extranjero para trabajar en los Estados Unidos para un empleador estadounidense calificado, ya sea en capacidad gerencial/ejecutiva (L-1A) o capacidad de conocimiento especializado (L-1B):
• El empleado extranjero debe haber estado empleado en el extranjero con una filial, matriz, sucursal o subsidiaria del empleador de los EE. UU.
• El empleado extranjero debe haber trabajado para la empresa en el extranjero por un período continuo de un año dentro de los tres (3) años anteriores a la presentación de la petición o admisión a los EE. UU.
• El empleado extranjero debe haber trabajado para esa empresa en el extranjero en una capacidad gerencial, ejecutiva o de conocimiento especializado.
Para solicitar una Visa L-1
El empleador debe presentar un Formulario I-129, Petición para un trabajador no inmigrante, incluidas las tarifas a nombre del empleado.
Periodo de Estancia
La clasificación L-1A (gerente/ejecutivo) puede extenderse a siete años, mientras que una L-1B (conocimiento especializado) tiene un límite de cinco años. El período inicial de estancia autorizada es de tres años. Para las empresas emergentes de EE. UU., se aprueba una petición L-1A por un año.
¿Puede mi familia acompañarme?
Los cónyuges y los hijos solteros menores de 21 años son elegibles para solicitar el estatus derivado de L-2. La autorización de trabajo también está disponible para cónyuges con estatus L-2.

Para obtener más información sobre inmigración familiar o perdones de inadmisibilidad, llámenos al 214-251-8011 (Dallas, TX) o al 817-332-1100 (Fort Worth, TX), o programe su próxima cita en línea aquí.